miércoles, 7 de octubre de 2009

ensayo de William David Guerrero Pérez

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

Los argumentos hacen parte del conocimiento que es formulado por el hombre, y son razonamientos lógicos que buscan sustentar una idea o simplemente justificar algún concepto. Son utilizados en gran parte desde la práctica; expresada en la comunicación entre hombres, pero principalmente hacen parte de la ciencia como medio de construcción de premisas universales usadas en el estudio de la razón y aplicadas a muchas ciencias en la construcción de conceptos universales. Al ser la argumentación base estructural de la construcción de premisas, teorías, conceptos universales, entre otras. Se ha generado a través de la historia del conocimiento la importancia que han mostrado los hombres que construyen conocimiento de marcar pautas y de llegar a generar algunas teorías sobre la construcción de estos argumentos. Algunos aseguran que están basados en la lógica como construcción del conocimiento basado en leyes como en las ciencias exactas. Y otros se inclinan a pensar que hace parte de la retórica y que esta compone a esas ideas que explican una mayor o mas generalizada idea.

Sin embargo sabemos y hemos observado a través de la historia que en la práctica de la comunicación entre hombres, los argumentos también toman un papel importante, al ser el derecho parte de esa practica, siendo este su campo directo de aplicación; los argumentos son usados tanto en la construcción de conceptos elaborados a través de la teoría para la construcción del derecho como ciencia que alimenta a los sujetos que administran derecho para basar sus opiniones, decisiones y concepciones las cuales estarán aplicadas sobre terceros por ser construidas para la convivencia del hombre. En la aplicación del derecho que se desarrolla en Colombia los que aplican directamente los conceptos para la construcción de los argumentos jurídicos, deben ser tanto los jueces los cuales deben construir sus decisiones bajo conceptos y premisas ampliamente justificado, tanto en los juzgados como en las altas cortes; y los legisladores los cuales deciden y construyen leyes para una sociedad determinada, no pueden ser tomadas solo como normas sino como el proceso de argumentación para dar la razón de la misma.

En esta construcción de ese tipo de argumentos los cuales llamamos jurídicos también nacen distintas teorías sobre la construcción de los mismos. Los primeros basados en la lógica jurídica la cual relaciona todos estos conceptos y basa su realización en la construcción de conocimientos estructurados bajo la lógica propiamente dicha la cual propende por una organización específica de estos argumentos partiendo también de leyes tanto gramaticales de sus preposiciones o ideas para la construcción de ellas. Y por otro lado la retórica la cual parte del conocimiento formulado en la práctica que desarrolla el hombre.

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