martes, 29 de septiembre de 2009

ensayo de HEIDY VIVIANA BELLO CARRILLO

RAZONAMIENTO JURIDICO.
Este tipo de razonamiento implica considerar la aplicación de reglas de la lógica que permitan garantizar la coherencia lógica interna del conjunto de argumentos que relacionados entre sí, en efecto, el análisis, la reflexión o finalmente la argumentación que se presente para sustentar una determinada situación no es más que una muestra de poder aplicar las normas jurídicas bajo una determinada posición que obedece a un interés particular, el mismo que no por ello necesariamente deba ser injusto.
Los razonamientos jurídicos se clasifican en:
1. Argumentos, que llevan a la conclusión.
2. Tipos de justificación; justificación interna; lógica deductiva.
3. Argumentos respaldados y argumentos no respaldados; contiene una regla y un argumento principal.
Se dividen en:
- Enunciados normativos: se determina a través del órgano determinador de la norma.
- Criterios de la probabilidad: señala dos grados de probabilidad en la toma de decisiones.
- Criterio de la autoridad: señala si es justificado o no es justificado.
· Interpretación: es de carácter subjetivo.
4. La norma: la aceptación de todo el conglomerado en sentido general.
Criterios para que un argumento sea válido:
1. La utilización de un enunciado normativo.
2. Ese argumentó debe tener una fuerte motivación.
3. Que haya sido elaborado por una norma competente.
Cuándo es correcto o incorrecto un argumento jurídico:
1. La acentuación del precedente judicial: detrás del precedente esta el principio de igualdad.
2. Una coherencia en su estructura.
3. Que cumpla la aceptabilidad dentro del conglomerado social.
4. Saturación dentro de ese razonamiento jurídico.


En el ámbito de la validez formal la lógica formal no admite equivocación, simplemente postula que una conclusión es válida si se deriva de las premisas de base. Recordemos que la lógica, en tanto ciencia formal, no se preocupa por la verdad material de las premisas, sino sólo de su validez forma. En consecuencia, el silogismo sobre X es válido formalmente, aunque la conclusión no sea materialmente cierta. Esta constatación nos da la clave para entender el valor y al mismo tiempo los límites del razonamiento lógico en el campo jurídico. La lógica debe ser respetada, pero su satisfacción no es condición suficiente para que el razonamiento sea jurídicamente correcto, sino que sólo es una condición necesaria.

La función de la lógica en el razonamiento de los abogados adquiere así gran relevancia, pues se convierte en una herramienta sumamente útil para elaborar procesos argumentativos sólidos que contengan una mínima posibilidad de ser refutados, garantizando entonces gran firmeza en la posición que sea de interés fortalecer del abogado o demás operadores del Derecho.

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